“Opine y debata sobre la conveniencia y prospectiva de la reforma constittucional en materia de justicia laboral (acontecida en MX y publicada en el DOF en el año 2017: https://www.gob.mx/stps/documentos/reforma-en-materia-de-justicia-laboral)
Nota: debata o polemice y re-formule a partir de su opinión personal y de las opiniones anteriores en el foro (trate de sustentar sus dichos citando las fuentes pertinentes)”
Susana Iranderi Acosta Barbosa
En cuanto a lo postulado en la reforma, cabe resaltar que lo que se pretende hacer es destacar más sobre la impartición de la justicia laboral para el desarrollo de sus actividades y cargos que correspondan, de una manera más eficaz.
Pero desde la perspectiva de la negociación colectiva es necesario que se considere que se está tomando mas en cuenta con la reforma para una mejor solución de conflictos laborales que protejan mejor al trabajador. Y por últimofundamental considero que se debe tomar mucho en cuenta la competencia adecuada y correcta para la determinación de una aplicación adecuada.
Considero que la creación de juzgados laborales harían del proceso aún más eficaz y veraz pero la pregunta que me formule es, ¿Qué clase de capacitación tendran los jueces o autoridades para la solución de controversias laborales?.
Estamos de acuerdo que no solo necesitamos que tengan conocimientos en la legislación laboral, si no tambien en jurisprudencia, en los criterios y las practicas especializadas para resolver las peticiones de las partes.
Es un tema muy complejo pero también creo que es un gran beneficio porque hace que nuestras autoridades esten en constante capacitación.